Aclarar en el asunto: Apellido y nombre del paciente
Debe indicar el lugar donde desea realizar el estudio.
La autorización puede demorar hasta 3 días hábiles. En caso de no obtener autorización y/o comunicación por parte de DOSUBA dentro de ese plazo, reenviar la información con la leyenda RECLAMO URGENTE en el asunto. Recuerde chequear su SPAM.
Es importante tener en cuenta que no autorizaran órdenes médicas con fechas de prescripción adelantadas.
El área de Autorizaciones en la sede del Hospital de Clínicas Av. Córdoba 2351, funciona de lunes a viernes de 8 a 16 hs. solo para casos excepcionales.
Cirugías programadas
Aclarar en el asunto: Apellido y nombre del paciente, fecha de la cirugía y el lugar de la realización.
Deben adjuntar:
La prescripción médica e informes de estudios actualizados relacionados con
la cirugía a realizar.
Si presentan presupuesto, el mismo será evaluado por la auditoría, en caso de que no se apruebe se derivará al paciente a un prestador con convenio.
En caso de no obtener autorización y/o comunicación por parte de DOSUBA en un plazo de 7 días hábiles, reenviar la información con la leyenda RECLAMO URGENTE en el asunto.
Oftalmología (Cirugías y OCT)
Aclarar en el asunto: Apellido y nombre del paciente, Oftalmo, lugar a realizar.
Deben adjuntar:
Prescripción médica e informes de estudios actualizados.
Para OCT (Tomografía de Coherencia Óptica) deben adjuntar valoraciones de agudeza visual, biomicroscopía, tonometría, y fondo de ojos en un resumen de historia clínica oftalmológico. A excepción que lo realice en el Hospital de Clínicas, solo se debe enviar la prescripción médica.
El informe será remitido a la auditoría oftalmológica, quedando sujeto a la evaluación y autorización por parte de la misma.
En todos los casos se cubrirá únicamente 1 OCT por cada ojo cada 12 meses.
En caso de no obtener autorización y/o comunicación por parte de DOSUBA en un plazo de 72 hs. hábiles, reenviar la información con la leyenda RECLAMO URGENTE en el asunto.
Cronicidad y Oncología
de 8 a 16 hs.
Aclarar en el asunto: Apellido y nombre del paciente, cronicidad.
Protocolo de cronicidad (Planilla 58) prescripta por el médico especialista,
prestador de DOSUBA.
En la cobertura se incluye únicamente a las enfermedades crónicas determinadas en la Resolución 310/04 del Ministerio de Salud de la Nación.
En el caso de las patologías oncológicas, adjuntar el informe de anatomía patológica sin excepción. La autorización del 100% es solamente para las prestaciones relacionadas con la enfermedad.
¿Qué información deben tener las órdenes médicas de prácticas?
Nombre y apellido.
Edad.
Parentesco (siempre que no se trate del titular)
Número de afiliado.
Prestación solicitada.
Diagnóstico presuntivo.
Firma y sello del profesional.
Número de prestador o sello de la institución.
Fecha de emisión.
Importante:
- Las órdenes médicas deben estar escritas con una sola tinta, caso contrario deben estar salvadas al dorso con la firma del profesional.
- Las órdenes de prácticas tienen una duración de 60 días.
Material protésico para cirugías y/o procedimientos del alta complejidad